Lotería de Boyacá

Apuestas Permanentes

INTRODUCCIÓN

La Lotería de Boyacá, tiene la facultad de explotar los juegos de suerte y azar como monopolio rentístico, entre ellos las apuestas permanentes o chance, con el exclusivo propósito de generar recursos para la salud de nuestro departamento, así lo establece nuestra carta magna en el inciso cuarto de su artículo 336, que a la letra reza…. «las rentas obtenidas en el ejercicio de los monopolios de suerte y azar estarán destinadas exclusivamente a los servicios de Salud».

Esta clase de juego de suerte y azar generalmente y como es nuestro caso es explotado mediante la operación de terceros, que es la realizada por personas jurídicas, en virtud de autorización, mediante contratos de concesión o contratación en términos de la ley 80 de 1993.

La Empresa Lotería de Boyacá concedente del monopolio de Apuestas Permanentes está facultada para ejercer fiscalización, control y sanción con relación a los Derechos de Explotación en cumplimiento del Artículo 43 de la Ley 643/01, estos entendidos como el 12% de los ingresos brutos del juego de las apuestas permanentes, que deben pagar los terceros o concesionarios a la dependencia o entidad autorizada para la administración del juego y que posteriormente serán destinados al sector salud.

PRODUCTO

Las apuestas permanentes o «chance» es una modalidad de juego de suerte y azar, en la cual el jugador, en formulario oficial, en forma manual o sistematizada (formas continuas o rollo térmico), indica el valor de su apuesta y escoge un numero de no mas de cuatro (4) cifras, que si coincide con el resultado del premio mayor de la lotería o juego autorizado, gana un premio en dinero.

BENEFICIOS

Las Apuestas Permanentes o Chance generan importantes recursos para el financiamiento de los servicios de salud de Nuestro Departamento, en cumplimiento de lo ordenado en la Constitución Política de Colombia y en la ley 643 de 2001.

CARACTERISTICAS DEL JUEGO

Las apuestas permanentes, conocidas como chance, tienen varias modalidades de juego. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que son seis las modalidades legalmente autorizadas :

  1. Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatro mil quinientos pesos ($4.500) por cada peso ($1) apostado.
  2. Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán doscientos ocho pesos ($208) por cada peso ($1) apostado.
  3. Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatrocientos pesos ($400) por cada peso ($1) apostado.
  4. Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán ochenta y tres pesos ($83) por cada peso ($1) apostado.
  5. Para el acierto de las dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cincuenta pesos ($50) por cada peso ($1) apostado.
  6. Para el acierto de la última y única (1) cifra seleccionada por el jugador, se pagarán cinco pesos ($5) por cada peso ($1) apostado.

CARACTERISTICAS DE SEGURIDAD DE LOS FORMULARIOS DE CHANCE

Los formularios del juego de Apuestas Permanentes, llevan incorporadas diferentes características de seguridad con el fin de atenuar los posibles eventos de falsificación y adulteración, entre estas características se encuentran las siguientes:

  • Papel de seguridad
  • Tintas fluorescentes y reactivas
  • Líneas muy finas y/o tramas de características antifotograficas
  • Fondos y diseños microlineales en tinta fugitiva soluble a las soluciones acuosas y líquidos clorados
  • Impresión en el anverso a través del sistema litográfico en tinta de aceite process
  • Impresión con tinta invisible reactiva a los hipocloritos , la cual al contacto con cualquier agente químico reacciona apareciendo la leyenda nulo o anulado.
  • Logosimbolo y texto de la Lotería de Boyacá.

En los formularios tipo rollo térmico además de las anteriores se establecen las siguientes características de seguridad.

  • Fluorescencia: Al ser excitada por la luz ultravioleta la pigmentación de la tinta se hace intensamente fluorescente con una emisión rojo, naranja o verde. 
  • Penetración: Al poco tiempo de impresa la tinta penetra las capas del papel hasta hacerse visible por el respaldo del documento para protección contra raspados e injertos
  • Reacción: Ante la aplicación de derivados de los hidrocarburos, con la cual la tinta impresa «sangra» y mancha el documento evidenciando así el intento de falsificación con lavado químico.

Todos los formularios igualmente deben llevar un CODIGO DE BARRAS de Seguridad y en los formularios sistematizados o en forma continua llevaran una impresión de una tinta de seguridad termoactiva o termocromatica, en la cual se imprimirá el texto: «AL FROTAR AQUÍ DEBE CAMBIAR EL COLOR», la cual reacciona ante la presencia de calor, cambiando de color y volviendo a su estado o color original, cuando desaparezca la fuente de calor.

Respecto de los textos y contenido del formulario único de apuestas permanente o chance, estos llevaran los indicados en el articulo 8 del Decreto 1350 de 2003.

CONCESIONARIO AUTORIZADO

La Lotería de Boyacá mediante Resolución No. 0267 de fecha 17 de noviembre de 2005, dispuso abrir la Licitación Pública No.01 de 2005, cuyo objeto fue entregar en concesión la explotación del Juego de Apuestas Permanentes o Chance en el Departamento del Boyacá, por un término de cinco (5) años contados a partir del 1 de Febrero de 2011 hasta el 31 de Enero de 2016, agotado el procedimiento de selección previsto en el Estatuto Contractual, mediante Resolución No. 0003 de fecha 10 de enero de 2006, se adjudicó la Licitación Pública No. 01 de 2005 a la sociedad JER S.A., habiéndose celebrado el contrato de concesión correspondiente el día 12 de Enero de 2006, por valor de DOCE MIL SESENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS PESOS ($12.065.231.416).

Actualmente el juego de Apuestas Permanentes se explota en el Departamento, a través del concesionario JER S.A., quien en el único autorizado mediante el contrato de concesión, quien a su vez suscribió contrato de comercialización con APUESTAS E INVERSIONES J.R. S.A., quien es el único autorizado para explotar este juego en el Municipio de Puerto Boyacá.

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